* “…no se puede llevar a cabo una corrida de toros en Teziutlán, ya que violar una suspensión definitiva, es un delito federal” MAP
Teziutlán, Pue.- Tras la declaración realizado por Eduardo Méndez, presidente de la asociación “La Peña Taurina”, quien aseguró el retorno a las corridas de toros en el municipio de Teziutlán, fueron los directivos del Movimiento Animalista de Puebla, quienes a través de un comunicado, desmintieron dicha versión, asegurando que “no es jurídicamente posible, ya que aún, se cuenta con la suspensión definitiva del amparo 432/2023, del juzgado primero de distrito, en materia de amparo civil, administrativa y de trabajo y juicios orales.
Cabe destacar que, fue hace algunos días que, tras el surgimiento de algunas versiones en torno al regreso de la corridas a la Plaza de toros El Pinal de esta ciudad, fue Eduardo Méndez, presidente de la asociación “La Peña Taurina”, quien dijo que, gracias a la intervención de los representantes legales que han llevado el caso en la ciudad de México, los que habrían confirmado que, “en Teziutlán, ya se abre la posibilidad de que vaya a haber corridas”
Así mismo, es de recordar que, fue en marzo de 2023, cuando el Movimiento Animalista de Puebla, interpuso amparos en contra de las corridas de toros, siendo el juez del quinto Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales, quien procedió de primera instancia a suspender la corrida de toros programada para el domingo 19 de marzo, periodo en el cual, Teziutlán estaría celebrando un aniversario más de la fundación de esta ciudad.
Ante ello y tras dicha declaraciones, emitida por el empresario taurino, el Movimiento Animalista de Puebla, mencionó que, “específicamente en el apartado denominado 4.2, análisis de la medida respecto de las restantes consecuencias del acto a de aplicación” cuyo contenido se encuentra en la página 222 de la resolución judicial de la suspensión.
Según apuntaron, este mismo criterio, fue compartido por el primer tribunal colegiado en materia administrativa del estado de Puebla, en las quejas 85/2023 y 86/2023, resueltas en sesión extraordinaria de fecha 15 de marzo de 2023.
Tras lo anterior, dicho Movimiento Animalista de Puebla, recordó al ayuntamiento de Teziutlán que “no se puede llevar a cabo una corrida de toros en Teziutlán, ya que violar una suspensión definitiva, es un delito federal establecido en la fracción III, del artículo 262 de la ley de amparo que, puede imponerles una pena de tres a nueve años de prisión, muta de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años”.
En este sentido, concluyeron, “todavía existe dos amparos en trámite contra las corridas de toros en Teziutlán, los cuales están próximos a resolverse, esperando se sumen a las sentencias favorables obtenidas en los municipios de Zacatlán y Puebla.